La magistrada de la plaza n.º 2 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander ha rechazado la solicitud de Falange Española de suspender el cambio de nombre de la calle Ruiz de Alda por Juan de Santander en la capital cántabra. La decisión, que no entra en el fondo del asunto, permite que el Ayuntamiento de Santander continúe con el proceso de cambio de denominación de varias calles.
En un auto dado a conocer este viernes, la magistrada señala que el cumplimiento del acuerdo del Ayuntamiento no supone un gasto relevante ni un riesgo personal o económico. El recurso de Falange Española, que solicitaba la suspensión cautelar del cambio de nombre, ha sido desestimado por el Tribunal de Instancia de Santander. La magistrada ha destacado que el cambio de placas y los trámites administrativos son reversibles, por lo que, si el recurso prospera, la ejecución de la sentencia no se vería impedida.
La reversibilidad del cambio de nombre de las calles
El Ayuntamiento de Santander ha presentado pruebas fotográficas que confirman la instalación de las nuevas placas con el nombre Juan de Santander. En este sentido, el auto subraya que, incluso si la sentencia fuese favorable a la petición de Falange Española, el cambio de placas o los trámites administrativos son fácilmente reversibles. Este argumento ha sido clave para desestimar la solicitud de suspensión cautelar presentada por Falange Española.
La magistrada también ha respondido a los argumentos de Falange Española, que defendían mantener el nombre Ruiz de Alda porque está "firmemente asentado en la conciencia ciudadana". Según la magistrada, los vecinos no asocian el nombre con la travesía aérea de Ruiz de Alda, sino más bien con los establecimientos ubicados en la calle. De este modo, el significado histórico del nombre en la placa no es un factor determinante para la mayoría de los ciudadanos.
Impacto en la conciencia ciudadana
El auto también destaca que una amplia proporción de la ciudadanía no estaría familiarizada con la travesía aérea de Ruiz de Alda ni con su actividad profesional. Tampoco conocerían la vida del grumete Juan de Santander, quien participó en una gesta histórica del siglo XVI en la nao Victoria. Esta falta de conocimiento sobre las figuras históricas asociadas a los nombres de las calles refuerza la decisión de desestimar la solicitud de Falange Española.
La magistrada concluye que, aunque el nombre Ruiz de Alda se interioriza, las circunstancias de su biografía no lo hacen. Por lo tanto, no se denosta ni se invalida de forma anticipada el nombre Ruiz de Alda. Este argumento subraya que el cambio de nombre no afecta significativamente la percepción de los ciudadanos sobre la calle y sus asociaciones históricas.
La decisión del Tribunal de Instancia de Santander permite al Ayuntamiento de Santander continuar con el proceso de cambio de nombre de las calles, una medida que ha sido objeto de debate en la comunidad. La reversibilidad del cambio de placas y trámites administrativos ofrece una garantía de que, si el recurso de Falange Española prospera, se podrá volver a la denominación anterior sin mayores complicaciones.






