Navarra Sur

Acuerdo de Junta del Gobierno Local de Tafalla sobe las “Comidas de la Escuela Infantil”

Pongo en su conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo que, a reserva de la aprobación del acta correspondiente, es […]

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Pongo en su conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo que, a reserva de la aprobación del acta correspondiente, es del tenor literal siguiente:

“Atendida finalización del plazo de ejecución del contrato para la prestación del servicio de elaboración y distribución de comidas preparadas para el comedor de la Escuela Infantil, adjudicado mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de esta Entidad en Sesión celebrada con fecha 15 de julio de 2014.


Visto informe emitido por la Dirección de la Escuela Infantil, en su condición de unidad gestora, en el que justifica la necesidad y conveniencia de iniciar un expediente de contratación para la adjudicación de la prestación del servicio de referencia.

Visto expediente de contratación elaborado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de
Contratos Públicos, comprensivo del citado informe razonado sobre la necesidad de la licitación, características y valor estimado de la prestación objeto de contratación, del informe del área económica sobre el precio de licitación y el carácter plurianual del gasto, y del emitido por la Graduado Social en relación con la inexistencia de obligación subrogación de trabajadores, del pliego regulador del contrato, así como del informe jurídico y de la fiscalización de Intervención.


Atendido artículo 138 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, en cuya virtud “Completado el expediente de contratación, se dictará resolución motivada por el órgano de contratación aprobando el mismo y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación (…)”; en ejercicio de la competencia prevista en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, atribuida por delegación efectuada mediante Decreto de Alcaldía 1/2019, de 1 de julio, Visto el dictamen de la Comisión de Seguimiento y Control de esta fecha.

SE ACUERDA:

Primero.- Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, el expediente de tramitación ordinaria para la contratación, mediante procedimiento abierto inferior al umbral comunitario, de la prestación del servicio de elaboración y distribución de comidas preparadas para el comedor de la Escuela Infantil Municipal de Tafalla, comprensivo del Pliego Regulador del Contrato y del resto de la documentación detallada en la parte expositiva del presente acuerdo.

Segundo.- Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación indicado en el resolutivo anterior en orden a la contratación de los servicios identificados, procediéndose a la publicación, en el Portal de Contratación de Navarra, del correspondiente anuncio de licitación a través de la Plataforma de Licitación Electrónica de Navarra (PLENA), así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tafalla y en la Página Web municipal; si bien la publicación determinante en orden a la apertura del plazo para la presentación de proposiciones por los licitadores interesados se corresponde con la insertada en el Portal de Contratación de Navarra.

Tercero.- Aprobar el expediente de gasto de carácter plurianual a ejecutarse en los ejercicios 2020 a 2024 por un importe de 138.409,92 euros (IVA 10% excluido), para la Contratación del Servicio de elaboración y distribución de comidas preparadas para el comedor de la escuela infantil municipal, que subordinará al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, en la aplicación presupuestaria“0.3231.22105 Servicio Catering – Escuela Infantil”.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a la Unidad Gestora del contrato identificado, a los efectos de que impulse los trámites precisos para su ejecución; y dar traslado del mismo a Intervención y a Secretaría Municipal, a los efectos oportunos.

Quinto.- Dar cuenta del presente acuerdo al Pleno de la Corporación en la próxima Sesión Ordinaria que dicho órgano colegiado celebre, y proceder a la incorporación del mismo en el expediente de su razón”.

Lo que notifico a los efectos oportunos.
La Secretaria Municipal, Nekane Ágreda Arróniz.

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