La magistrada concluye que querer tener más relaciones con quien se han tenido voluntariamente horas antes no supone delito alguno
Pamplona, 24 de agosto de 2018-
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Aoiz ha archivado la denuncia por un supuesto delito de abusos sexuales interpuesta el 12 de agosto, durante la celebración de las fiestas de la citada localidad.
Tras mantener relaciones sexuales consentidas la madrugada de ese día en el domicilio de él, la denunciante acusó al investigado de tocamientos y rozamientos al despertarse juntos en la cama horas después.
El pasado 14 de agosto, la juez impuso al imputado una orden de alejamiento de 50 metros sobre la denunciante, así como una prohibición de comunicación.
Ahora, sin embargo, la magistrada explica que, efectuada una valoración más calmada y pese a que los hechos pudieran aparentar tener encaje en un delito de abuso sexual, un mínimo de responsabilidad impone decretar con urgencia el archivo de la causa ante la repercusión social de este tipo de hechos.
Según expone en el auto, que puede ser recurrido, no puede conocerse con certeza si el encausado llevó o no a cabo el comportamiento descrito por la denunciante, pues solo cuenta como prueba incriminatoria con la declaración de ella, sin que exista prueba adicional ni el examen forense haya arrojado lesión alguna.
Pero aun en el caso de que hubiera sucedido conforme al relato de la denunciante, apunta la juez, debe reflexionarse sobre dónde empieza y termina el consentimiento en este tipo de relaciones íntimas.
“Es decir, ¿es ilógico entender que existe un consentimiento implícito a intentar intimar nuevamente con quien se ha llegado al máximo nivel de intimidad un par de horas antes y sin insistir lo más mínimo al percibir que el otro no quiere continuar?”, se pregunta la juez, quien añade que resultaría “obvio el atentado contra la libertad sexual si pese a la negativa” de la joven, el investigado no lo hubiera aceptado. Pero, añade, esto no fue lo sucedido: el imputado “intentó tener más sexo”, la mujer “se levantó” y el hombre “respetó su decisión”.
A juicio de la magistrada, «la conducta del encausado de tratar de tener sexo de nuevo con quien solo dos horas antes ha tenido voluntariamente relaciones sexuales completas, y continua desnuda en la cama, no tiene encuadre en el tipo penal. ¿Acaso consideraríamos a la aquí denunciante inmersa en un delito de abuso sexual si el encausado hubiera sido el dormido y ella en el contexto descrito comenzara, por ejemplo, a tocarle los genitales?, inquiere la juez, quien concluye que, por lo expuesto, debe archivarse la causa, máxime cuando la propia denunciante reconoció que ella no quiso más relaciones y se fue sin impedimento alguno».
El imputado y la denunciante se conocieron sobre las 23 horas del 11 de agosto y, según recoge el auto, iniciaron una relación de “tonteo” hasta las 6 de la madrugada, cuando en compañía de otros amigos acudieron al domicilio del joven.
Allí, los dos, que estaban “muy afectados por la ingesta de alcohol”, mantuvieron “relaciones sexuales completas consentidas” hasta que se quedaron dormidos.
Las discrepancias en el relato de ambos comenzaron al despertarse. Ella declaró que se despertó con pesadillas de que le están “penetrando”. La mujer manifestó que el encausado estaba pegado contra ella, rozándose, y que también le metió “los dedos en la vagina” y le tocó “los pechos”. Agregó que ignoraba si había sido penetrada y que cuando él se levantó no le apartó ni le recriminó lo sucedido, sino que simplemente se fue.
El investigado, por su parte, negó estos últimos hechos. Relató que, a las dos horas de echarse a dormir, ella se levantó “sobresaltada”, bien por un sueño, bien por haberse arrepentido de lo sucedido o por estar incómoda en la casa. Rechazó hablarse restregado o haberle metido los dedos, unas acusaciones a su entender carentes de sentido cuando previamente habían mantenido relaciones sexuales.