El Gobierno de Navarra ha contactado con los fondos de inversión Building Center, Catella y Testa Home, así como con el Colegio Notarial de Navarra y el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, para recordarles el derecho preferente de la Administración foral en la adquisición de vivienda a través del tanteo y retracto.
El Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias ha remitido una carta en la que subraya que, tras la reciente modificación normativa, este derecho se extiende también a aquellas viviendas que hayan perdido la protección oficial en los últimos diez años, cuya persona propietaria sea considerada gran tenedora y que estén ubicadas en una localidad declarada Zona de Mercado Residencial Tensionado.
A través de esta comunicación, el Ejecutivo foral recuerda la obligatoriedad de notificar cualquier operación de venta sobre las viviendas que reúnan estos tres requisitos, y solicita la colaboración de fondos, notarios y agentes de la propiedad para poder ejercer este derecho en las operaciones que se lleven a cabo. Además, para facilitar la tramitación en estos casos, el Gobierno de Navarra ha abierto una nueva ficha en su catálogo de servicios.
El derecho de tanteo y retracto es la capacidad legal que tiene la Administración foral para comprar una vivienda con prioridad frente a cualquier otra persona interesada. Más allá de los supuestos recién señalados, este derecho de adquisición preferente también puede ejercerse sobre viviendas protegidas y en determinados casos especiales, como las procedentes de ejecuciones hipotecarias o la venta de edificios o conjuntos de viviendas completos.
El tanteo consiste en el aviso previo que la persona propietaria debe trasladar al Gobierno de Navarra antes de proceder a la venta, momento en el que la Administración puede decidir si adquiere el inmueble por el mismo precio y en las mismas condiciones pactadas. La Dirección General de Vivienda dispone entonces de un plazo de sesenta días desde la notificación de la transmisión para ejercer este derecho. El retracto, por su parte, permite a la Administración actuar después de que la venta se haya producido, y se aplica cuando la persona propietaria vende la vivienda sin haber avisado previamente o lo hace por un precio distinto al notificado.
Con esta figura, el Gobierno de Navarra busca ampliar el parque público de vivienda. En lo que va de año, el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias ha tramitado la adquisición de 60 viviendas en distintos puntos de la geografía navarra, gracias a una inversión presupuestada para este ejercicio de 8,5 millones de euros.








