PAMPLONA, 22 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles el decreto foral por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la etapa de Educación Primaria en la Comunidad foral de Navarra, que será de aplicación en los centros públicos, centros privados y centros privados concertados de la comunidad.
Al igual que el decreto foral que estableció el currículo de Educación Infantil para la etapa íntegra desde los 0 a los 6 años, aprobado ya por el Ejecutivo foral el pasado 1 de junio, el presente decreto foral «deriva de la necesidad de adaptar el sistema educativo a los retos y desafíos del siglo XXI, de acuerdo con los objetivos fijados por la Unión Europea y la UNESCO para la década 2020-2030, en línea con las exigencias introducidas por la nueva ley orgánica LOMLOE». La nueva normativa establece la organización de la etapa en áreas, así como sus objetivos, fines y principios generales y pedagógicos.
De esta forma, el decreto indica que en esta etapa «se pondrá especial énfasis en garantizar la inclusión educativa, la atención personalizada al alumnado y sus necesidades de aprendizaje, la participación y la convivencia, la prevención de dificultades de aprendizaje y la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo y flexibilización, alternativas metodológicas u otras medidas adecuadas tan pronto como se detecten cualesquiera de estas situaciones», señala en un comunicado el Gobierno de Navarra.
Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital y el fomento de la creatividad, del espíritu científico y del emprendimiento se trabajará en todas las áreas.
De igual modo, desde todas las áreas «se promoverá la igualdad entre mujeres y hombres, la educación para la paz, la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible y la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual». Asimismo, se prestará «especial atención» a la orientación educativa, la acción tutorial y la educación emocional y en valores.
Entre los múltiples objetivos de la etapa contemplados en el decreto foral, cabe destacar «la adquisición de habilidades para la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la violencia y la discriminación, que permitan al alumnado desenvolverse con autonomía en el ámbito escolar y familiar, así como en los grupos sociales con los que se relacionan; conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres y la no discriminación de personas por motivos de etnia, orientación o identidad sexual, religión o creencias, discapacidad u otras condiciones».
El decreto regula además la tutoría y orientación, la evaluación y la promoción y atención a las diferencias individuales del alumnado.
ENSEÑANZA DE RELIGIÓN
Las enseñanzas de religión se incluyen en la Educación Primaria, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, que desarrolla lo recogido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. De esta forma, en la Comunidad Foral de Navarra en la etapa de Educación Primaria, en los cursos de 1º a 6º, se impartirá una sesión de religión en vez de las dos sesiones que existen en la actualidad. La sesión que se disminuye en Religión se dedicará a Música y Danza dentro del área de Educación Artística en los cursos de 1º a 4º, y en 5º y 6º esta sesión se dedicará al área de Valores Cívicos y Éticos.
Una próxima orden foral de implantación y horario de la etapa de Primaria recogerá estos cambios que, en todo caso, afectarán el próximo curso 2022-2023 únicamente a los cursos impares de la etapa.
A partir del curso 2023-2024 los cambios descritos afectarán también a los cursos pares de cada uno de los tres ciclos que constituyen la etapa de educación Primaria. Con el fin de «garantizar el principio de igualdad y la libre concurrencia entre todo el alumnado», las calificaciones que se hubieran obtenido en la evaluación de las enseñanzas de religión no se computarán en las convocatorias en las que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos.