Navarra Sur

Prisión para el padre implicado en el triple crimen de Cáseda y libertad con fianza para los dos hijos

Considera que hay evidente riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas y considera “indiciariamente responsable, bien por sí o con la colaboración de sus hijos, de dar una muerte violenta a los tres […]

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Considera que hay evidente riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas y considera “indiciariamente responsable, bien por sí o con la colaboración de sus hijos, de dar una muerte violenta a los tres fallecidos utilizando un arma de fuego de su titularidad hasta en cuatro ocasiones”

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Aoiz ha dictado prisión contra uno de los tres detenidos por el triple crimen perpetrado este martes en Cáseda. La resolución puede ser recurrida.

En su resolución el juez indica que hay evidente riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas y considera “indiciariamente responsable, bien por sí o con la colaboración de sus hijos, de dar una muerte violenta a los tres fallecidos utilizando un arma de fuego de su titularidad hasta en cuatro ocasiones”.

El ministerio fiscal había pedido la prisión preventiva, comunicada y sin fianza el padre, Juan Carlos Jiménez  y la libertad provisional para los hijos Juan Carlos Jiménez y Emilio Jiménez, que deberán ahora comparecer los días 1 y 15 de cada mes ante el juzgado.   La defensa del padre se ha opuesto a la medida, mientras las defensas de los hijos se han adherido a la petición del fiscal sobre sus clientes.

El juez señala en su auto que existen “en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito a la persona contra quien se haya de dictar el auto de prisión”ya que “se le relaciona directamente por testigos presenciales de los hechos e incluso por él mismo mediante manifestación espontánea tras ser detenido, como el responsable de haber dado muerte mediante cuatro disparos de escopeta a los tres fallecidos, sobre las 19 horas del día 18 de septiembre de 2018 a la altura del número 12 de la calle Nueva de la localidad de Cáseda, tras haber mantenido una discusión acalorada y un intercambio de golpes a raíz de la separación y posterior reconciliación de su hija con el hijo de este último, a su vez, hijo y hermano de los fallecidos, respectivamente.

El juez recuerda “la gravedad de los hechos que se están investigando, un triple homicidio o asesinato cuando menos que puede llevar aparejada la imposición de una pena de entidad relevante, como puede ser la prisión permanente revisable” y añade que “se desconoce por el momento, con una rotundidad que permita atribuir unos indicios racionales de criminalidad serios, la participación concreta de Emilio y de Juan Carlos hijo en los hechos; tercero, se desconoce el arraigo laboral o social de los tres investigados, pues todos ellos se han acogido a su derecho a no declarar y cuarto, que el padre, a pesar de carecer de antecedentes penales, indiciariamente es responsable, bien por sí o con la colaboración de sus hijos, de dar una muerte violenta a los tres fallecidos utilizando un arma de fuego de su titularidad hasta en cuatro ocasiones”.

Junto a ello indica el juez que “concurre un evidente riesgo de fuga en el investigado a la vista de la gravedad de la pena que pudiera imponérsele, en caso de resultar culpable de los hechos; del mismo modo, el Ministerio Público mantiene que, de no decretarse la prisión preventiva del mismo, se podrían ocultar o destruir elementos de prueba relevantes para la causa, toda vez que existen diligencias por practicar o testigos por declarar a quien se les podría influir en su testimonio y finalmente, el Ministerio Fiscal también aduce que es menester decretar dicha medida cautelar al existir un riesgo de reiteración delictiva en el investigado, en caso de quedar en libertad, pues podría tratar de arremeter, de nuevo, contra la familia de los fallecidos”.

Añade además que “el riesgo de fuga del investigado,( el padre) se revela, no sólo en la gravedad de la pena que podría motivar tratar de eludirse de la acción de la justicia, sino por el hecho consumado de que, una vez perpetrado el crimen, ya salió huyendo y tan sólo al ser interceptado por la Policía Foral fue cuando depuso su actitud de escapar”.

El juez insiste en que “en el mismo sentido, el riesgo de ocultación o alteración de pruebas igualmente se denota en que nos encontramos en una fase embrionaria de investigación y a pesar de contarse con un importante numero de avances, merced a la meritada labor de la Guardia Civil y la Policía Foral, no es menos cierto que aún resta un dilatado número de diligencias por practicar para el esclarecimiento de los hechos y el descubrimiento de la participación concreta de todos investigados en los mismos” y considera que “consta indiciariamente acreditado que el investigado, antes de la perpetración del triple crimen, mantuvo conversaciones con el hijo y hermano de las víctimas, en las cuales amenazó tanto a él como a su círculo familiar más próximo, acudió a Cáseda, armado y preparado para entrar en un enfrentamiento abierto y violento y, visto el resultado del fallecimiento de tres miembros de la familia, nada hace pensar que el padre no fuera capaz de materializar sus amenazas, en caso de quedar en libertad”.

Por último, añade que “la petición de prisión preventiva del Ministerio Fiscal se ha dirigido tan sólo contra el padre” y subraya que “esta medida no puede decretarse por el Juez Instructor de oficio sino tan sólo a instancia de parte y, en consecuencia, para el resto de los investigados, no cabe otro pronunciamiento que la libertad provisional con las comparecencias”.

Dicho esto, se considera “adecuada la medida cautelar de comparecencias quincenales para los hijos al no resultar excesivamente gravosa para su libertad ambulatoria y al haber sido aceptada expresamente por sus respectivas defensas como alternativa a su ingreso en prisión”.

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